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Instituto Nacional de Patrimonio Cultural del Ecuador
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El Panecillo
lunes 15 de junio de 2009

Bienes Patrimoniales requieren resguardo

INPC realiza gestiones para contratar a profesionales para analizar los restos paleontológicos encontrados en San Vicente.

Los bienes patrimoniales y hallazgos paleontológicos que se realicen en el país, no pueden ser manipulados ni extraídos sin una previa autorización del instituto Nacional de Patrimonio Cultural (INPC).

Luego del hallazgo de restos paleontológicos que podrían corresponder a un megaterio, en el sitio La Unión, del cantón San Vicente (Manabí), El INPC, Regional 4, realiza las gestiones para la contratación de profesionales (paleontólogos, arqueólogos), que realicen las respectivas investigaciones, para la recuperación y conservación de los fósiles.

Desde el mes de diciembre hasta la fecha los trabajos que han develado los restos paleontológicos has sido coordinados por el departamento de Cultura del Municipio de san Vicente, y de aficionados a la paleontología quienes han mantenido un compromiso firme para precautelarlos y protegerlos.

"La colaboración de los propietarios del terreno, de los moradores del sector, y visitantes que puedan llegar al lugar es fundamental para garantizar el resguardo de los restos, ya que nadie puede manipular los bienes patrimoniales sin previa autorización, de acuerdo al artículo 28 de la ley de patrimonio", señaló Jean Paul Demera, Director de la Regional 4 del Instituto Nacional de Patrimonio Cultural (INPC).

El artículo 28 señala "Ninguna persona o entidad pública o privada puede realizar en el Ecuador trabajos de excavación arqueológica o paleontológica, sin autorización escrita del Instituto de Patrimonio Cultural. La Fuerza Pública y las autoridades aduaneras harán respetar las disposiciones que se dicten en relación a estos trabajos. El incumplimiento de este artículo será sancionado con prisión de hasta dos años, el decomiso de los objetos extraídos, de los vehículos e implementos utilizados para tal fin y con las multas legales".

El Instituto Nacional de Patrimonio Cultural (INPC), es la entidad rectora encargada de vigilar y proteger cada uno de los bienes encontrados y que tengan un valor histórico y cultural.

La ley de patrimonio cultural en su artículo 7, literal I, declara como bienes pertenecientes al Patrimonio Cultural del Estado, a las obras de la naturaleza cuyas características o valores hayan sido resaltados por la intervención del hombre o que tengan interés científico para el estudio de la flora, la fauna, y la paleontología.

Comunicación INPC Regional 4.

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